Para ingresar a las diferentes secciones de Nivel Inicial, grados de la Escuela Primaria y años de la Escuela Secundaria, se requiere cumplimentar con la edad y condiciones de promoción fijadas por el Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe.
Los padres, madres y/o tutores de las y los alumnos deberán ser socios de AMIF.
- Se dará primera prioridad de ingreso a las/los hermanos de las/los alumnos de los diferentes niveles del Instituto y a las/los hijos del personal estable del Instituto (entendiéndose por tal aquel que acumule 2 (dos) años continuos e ininterrumpidos de servicio, independientemente de su situación de revista); en el turno en el que el personal preste servicios. En caso de paridad se definirá la adjudicación de la vacante a quien compute mayor antigüedad, ya sea como personal estable o como asociado/a a la mutual en la categoría activo o participante.
- El resto de las vacantes se cubrirá con niños/as cuyas familias estén identificadas con el ideario y con los objetivos del Instituto.
- Las/los alumnos que oportunamente se hayan ido del Instituto y deseen volver serán considerados como alumnas/os nuevos, sin las prioridades contempladas en el presente reglamento.
- Nuestra escuela, de acuerdo con la normativa ministerial y con el Ideario Institucional, prevé la inclusión de estudiantes que transiten proyectos pedagógicos de integración.
La escolaridad de estos alumnos/as estará compartida con la Escuela Especial corres- pondiente.
La Escuela Especial Núcleo designada por el Ministerio de Educación, acompañará las trayectorias escolares de dichos alumnos/as, esto implica que, en alguna ocasión, las y los docentes de esta escuela compartan las jornadas escolares, trabajando en forma conjunta con el/la docente de grado.
- Sin perjuicio de lo establecido en este reglamento, ante los casos de duda sobre su apli- cación, paridad en orden de prioridad en los casos no previstos y/o no contemplados, el IFEI (siendo un instituto educativo de gestión privada) por intermedio del Consejo Académico y la Comisión Directiva de AMIF, se reservan el ejercicio legítimo del derecho de admisión. Dicha decisión es irrecurrible.